El Parlamento Europeo, con 371 votos a favor, 240 en contra y 30 abstenciones, aprueba la propuesta de la Comisión de retrasar un año la entrada en vigor del EUDR (Reglamento de la UE contra la deforestación, la deforestación y la degradación de las tierras).
El EUDR, que debía entrar en vigor el 30 de diciembre de 2024, exige que las empresas que importan productos a la UE que se consideran “importantes impulsores de la deforestación” presenten una declaración de diligencia debida. Esta declaración debe certificar que las importaciones no han contribuido a la degradación forestal en ningún lugar del mundo después del 31 de diciembre de 2020.
Al mismo tiempo, el reglamento impone su propia disciplina para controlar la importación de cueros de bovino en cada etapa de procesamiento. Así, con la entrada en vigor del EUDR, los importadores de cuero wet blue en la UE deben someterse a un control exhaustivo según los requisitos del reglamento, que, según creen los representantes de la industria del cuero, debido a los altos riesgos operativos, puede bloquear el comercio internacional de pieles de bovino.
Ante este peligro, la Comisión propuso a principios de octubre retrasar un año el EUDR para permitir a las empresas adaptarse a las nuevas exigencias: esta propuesta fue apoyada a mediados de octubre por el Consejo Europeo y ahora, tras una votación el 14 noviembre, también por el Parlamento Europeo. Así, el decreto entrará en vigor el 30 de diciembre de 2025 para las grandes empresas y el 30 de junio de 2026 para las pequeñas y medianas empresas.
Según laconceria.it, la introducción del EUDR ha preocupado mucho a la industria europea: UNIC - Concerie Italiane y Cotance, representantes de las empresas del sector del cuero, han explicado repetidamente que el reglamento crea problemas operativos muy difíciles. La industria acoge con satisfacción el retraso, pero sigue exigiendo una exclusión total del cuero bovino del Anexo I, que enumera los productos que deberían estar cubiertos por el EUDR. El cuero de vaca no causa deforestación: simplemente no debería estar en el Apéndice I, dicen.
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